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Puerto Rico: proponen prohibir aborto tras detectarse latido cardíaco

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La portavoz del partido Proyecto Dignidad, Lisie Burgos Muñiz, radicó este lunes el proyecto de la Cámara 1084 buscando crear la “Ley del Latido Cardíaco del no Nacido” en Puerto Rico.

Con el proyecto, Burgos Muñiz espera que se prohíba la posibilidad de realizar un aborto en el feto luego que sea posible detectar los latidos del corazón.

“En Puerto Rico existen seres humanos a los cuales todavía no se les reconoce el derecho a la vida. Sorprendentemente los no nacidos se encuentran en el mayor estado de vulnerabilidad mientras se desarrollan en los vientres maternos. Este lugar, que debe ser una cuna de vida, lo ha convertido en el más cruel patíbulo sacrificial. Con mi proyecto, repudio el asesinato de bebés indefensos y reafirmo mi compromiso con la dignidad de todo ser humano”, expresó en un comunicado la legisladora de la Cámara de Representantes.

Burgos Muñiz también enfatizó que según la American Pregnancy Association, la probabilidad de un embarazo exitoso pasa de 70 % a 90 % luego de detectarse el latido cardíaco fetal.

“Es contradictorio que en pleno siglo XXI, aunque se acepta la ausencia del latido cardíaco como indicador de muerte, no se acepte el latido cardíaco de un no nacido como indicador de vida. Si bien creemos y defendemos la vida desde la concepción, nos vemos limitados por los precedentes del Tribunal Supremo de los Estados Unidos, en casos como ‘Roe v. Wade y Planned Parenthood v. Casey’. Estamos esperanzados de que la nueva composición conservadora de dicho foro judicial revoque los mencionados casos en un futuro cercano. De esta manera, tendremos el camino libre para proponer la abolición total del aborto. Esa es nuestra meta”, puntualizó Burgos Muñiz.

La integrante de Proyecto Dignidad explicó cómo funcionaría el proyecto de ley —de ser aprobado— asegurando que si los médicos detectan el latido antes de realizar el aborto, el mismo no se podrá realizar.

Por último, Burgos Muñiz manifestó que de no cumplirse la medida, el médico practicante del aborto podría enfrentar daños estatutarios por 25,000 dólares.

“Mi proyecto asegura que, de realizarse un aborto en contravención con sus disposiciones, el galeno será responsable por daños estatutarios de un mínimo de $25,000. De entender que los daños son superiores, el Tribunal estará facultado a incrementar dicha cuantía. También, se le impone responsabilidad a los hospitales, centros o clínicas que permitan o se beneficien económicamente de un aborto en contravención a lo establecido en el referido proyecto”, finalizó.

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