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Necesitamos recordar el motivo de fondo de la Revolución americana

Necesitamos recordar el motivo de fondo de la Revolución americana

El sistema de derecho, la institucionalidad y los valores culturales que permiten el mayor grado posible de libertad individual en el mundo contemporáneo confluyeron primero en la sociedad inglesa y se desarrollaron antes entre los británicos que en el resto de Europa por tres causas:

1) La fuerte tradición del derecho consuetudinario –common law– en un sistema judicial que descubre al derecho mediante la resolución de casos concretos, fue invocada y amplió las libertades individuales pacientemente porque se sostuvo mejor en las islas británicas que en el continente. Y esa tradición pudo ser invocada en Inglaterra contra el poder soberano una y otra vez. El absolutismo ganó y perdió tantas batallas políticas en Inglaterra sin llegar a imperar del todo jamás.

2) La evolución de las instituciones políticas tuvo casi siempre algún éxito en limitar el poder del monarca mediante un Parlamento que no se concebía como un poder colegiado con la función de planificar el desarrollo del derecho legislando a voluntad, sino como un esfuerzo por descubrir, fijar y usar el derecho común previamente existente como límite al poder real.

3) En la Cámara Alta el elemento aristocrático apeló al derecho, no sancionado por esa Cámara, sino ya existente en el common law. Mientras que la Cámara Baja se reservó normas de conducta que sin violar esos derechos fuera necesario legislar en actas de ley, que durante siglos se consideraron un tipo de norma de inferior rango y sometida al imperio del derecho. Mientras en el Parlamento el elemento aristocrático y el popular apelaron al common law ante las pretensiones absolutistas de la monarquía, las libertades individuales fueron protegidas, hasta donde fue posible y cada vez más, por el imperio de la Ley contra la voluntad de monarca. Pero cuando el reclamo absolutista lo hizo la colegiada voluntad de la cámara, en nombre del pueblo, el derecho dejó de ser una barrera efectiva contra el poder.

Esa tradición cultural del imperio de la ley como barrera al poder arbitrario del soberano y su legislación, junto el mayor grado de debilidad real posible del Estado sobre una población con valores y tradiciones de una sociedad civil desarrollada y autónoma, estuvieron presentes en algunas de las primeras colonias inglesas de Norteamérica, las hizo campo de experimentación del autogobierno a un grado inimaginable para las fuertes y muy reglamentadas colonias del resto de las naciones europeas. O para las posteriores colonias británicas.

Esas trece colonias finalmente se levantarían en armas contra la violación británica del más sagrado de esos principios. La Revolución americana estalló por diversas razones, pero tras casi todas ellas está el que el Parlamento británico asumió la soberanía declarando su poder ilimitado en 1767. Y esa soberanía parlamentaria ilimitada hizo al Parlamento rehén de los grupos de intereses organizados.

La confusión entre un principio de supremacía del poder del Parlamento sobre cualquier otro poder del Estado, con un principio de soberanía popular ilimitada, representada en el Parlamento, a través del cual “el pueblo” hacia de su voluntad soberana la ley, hizo que Gran Bretaña aportara, junto a la valiosa institución del gobierno representativo, el pernicioso principio de una soberanía parlamentaria que no se limita a que la asamblea representativa debe ostentar el poder supremo, sino que sostiene que ese poder debe ser ilimitado.

Por eso, en estos tiempos obscuros que vive Estados Unidos, los americanos necesitan recordar que sus antepasados fueron aquellos colonos que contra todas las probabilidades proclamaron su independencia y se levantaron en armas para hacerla efectiva en defensa de la soberanía de una ley, que no consideraban simplemente la voluntad de la mayoría, sino esos derechos inalienables de cada hombre libre que son limites justos y necesarios, tanto a la voluntad de la mayoría democrática como a la del soberano absolutista, sosteniendo con sus armas un principio del que el Parlamento británico desertó en 1767.

Guillermo Rodríguez is a professor of Political Economy in the extension area of the Faculty of Economic and Administrative Sciences at Universidad Monteávila, in Caracas. A researcher at the Juan de Mariana Center and author of several books // Guillermo es profesor de Economía Política en el área de extensión de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad Monteávila, en Caracas, investigador en el Centro Juan de Mariana y autor de varios libros

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